Quito, 12 de diciembre del 2011.
SANCIONES PARA
COMPAÑÍAS EXTRANJERAS QUE SEAN SOCIAS O ACCIONISTAS DE COMPAÑÍAS ECUATORIANAS:
En caso de que las
accionistas extranjeras no remitan la información requerida, ésta no podrá
concurrir ni votar en la Junta General Ordinaria de socios que debe celebrarse
en el primer trimestre del presente año.
La sociedad
extranjera que incumpliere su obligación por dos o más años consecutivos podrá
ser separada o excluida de la compañía ecuatoriana.
Con mucho gusto,
ponemos a su disposición los servicios del ESTUDIO JURIDICO PUENTE &
ASOCIADOS, para atender las consultas y/o trámites que se generen al respecto.
Si tiene interés
en el presente servicio agradeceré contactarse a los teléfonos que constan en
el pie de firma o a los correos electrónicos.
Atentamente,
Dr. Miguel Ángel Puente Verónica Meza Aguirre
PUENTE &
ASOCIADOS
Soluciones Jurídicas Para Personas Jurídicas
Av. Colón y Reina Victoria Esquina,
Edificio Banco de Guayaquil, piso 13, Oficina 1306.
Telf. (5932) 2 223616 / 2221734 Fax: Ext. 106
Cel. 099824362
miguelp@puenteasociados.com
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gpuente@puenteasociados.com
www.puenteasociados.com
Quito - Ecuador.
Oficinas Internacionales: Lima - Perú; Bogotá - Colombia
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