lunes, octubre 03, 2011

CIRCULAR NO. 94 SUSPENSION DE JORNADA LABORAL VIERNES 4 DE NOVIEMBRE.


Quito,  30 de septiembre del 2011.

Estimados Clientes y Amigos:


Hemos considerado importante poner en su conocimiento la siguiente información. Como sabemos la ley establece que son días de descanso obligatorio, entre otros, el 2 y 3 de noviembre. Este año los días 2 y 3 de noviembre corresponden a los días miércoles y jueves respectivamente, por lo que la Presidencia de la República ha decretado suspender la jornada de trabajo del día viernes 4 de noviembre del 2011.

Esto considerando que el turismo constituye una actividad económica que es prioritaria para el país, que ha sido declarada como política del Estado y que aporta al desarrollo por la generación de empleo y distribución de la riqueza y se vería limitada significativamente de ser laborable el día 4 de noviembre.


La suspensión de la jornada laboral se aplica para todos los trabajadores del sector público y privado debiendo recuperarse esta jornada de trabajo sin recargo alguno el día sábado 12 de noviembre del 2011. El sector privado podrá recuperar esta jornada de conformidad con las disposiciones de cada institución, empresa o empleado disponga.

En el día de descanso obligatorio señalado, se debe garantizar la provisión de los servicios públicos básicos de salud, bomberos, aeropuertos, terminales aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y servicios bancarios, en los que las autoridades deberán disponer .que se cuente con el personal mínimo que permita atender satisfactoriamente las demandas de la colectividad.

La remuneración que se debe satisfacer por la jornada de recuperación del día de descanso obligatorio será igual a la que se paga por una jornada ordinaria de trabajo.

Fuente: Registro Oficial No. 543-S (Suplemento), de martes 27 de septiembre de 2011.


Para el Estudio Jurídico PUENTE & ASOCIADOS es un gusto mantenerlo informado.


Atentamente,



Dr. Miguel Ángel Puente                                                          Ismael Vallejo
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