lunes, abril 11, 2011

CIRCULAR NO. 77 MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES, SISTEMA DE SALARIOS EN LÍNEA

Quito, 31  de marzo  del 2011.

Estimados Clientes y Amigos:
Ponemos en su conocimiento que el Ministerio de Relaciones Laborales desde este año ha puesto en funcionamiento el Sistema de Salarios en Línea, para el registro y declaración de salarios, décimos, y utilidades.  A continuación un breve detalle.


 Esquema General

El empleador debe declarar la décima tercera, décima cuarta remuneraciones y participaciones de utilidades en el Ministerio de Relaciones Laborales, para esto debe adquirir los formularios, y revisar los requisitos que se encuentran en el anverso del mismo, hacerlos activar con el funcionario del Ministerio que realizó la venta de la especie valorada, y luego proceder de acuerdo a los siguientes pasos que se detalla a continuación:

  1. Ingresar a la página web: www.mrl.gob.ec
  2. Ingresar al link “Generar Registros de Salarios en Línea” dentro del módulo Viceministerio de Trabajo y Empleo.
  3. Ingresar al Sistema de Salarios en Línea, con su número de RUC o cédula (según el caso: para personas naturales o jurídicas el RUC, o cédula de identidad para servicio doméstico) y su clave (número de formulario)
  4. Actualice los datos de la empresa o persona natural según el caso.
  5. Llene los datos de los trabajadores a registrar.
  6. Imprima el formulario de los registros de los trabajadores.
  7. Acuda al Ministerio de Relaciones Laborales, adjuntando el original de la especie valorada, el rol de pagos con firma de cada trabajador con los requisitos que se encuentran en el anverso del formulario o en la página web: http://www.mrl.gob.ec/  para ser atendido por el funcionario del Ministerio, para proceder con la legalización del documento.

En el caso de que el pago se lo efectuó con depósito, en cuenta de ahorros o corriente se debe anexar el documento de la entidad donde se acreditó dichos valores, caso contrario procederá la consignación al Ministerio de Relaciones Laborales para que efectúe el pago al trabajador.

El ingreso al sistema con los datos que se encuentran detallados anteriormente no se considera que el formulario ha sido legalizado, ya que el mismo debe contar con el sello de registro de legalización del funcionario de esta Cartera de Estado.

Una vez realizado el procedimiento antes indicado, en las dependencias del  Ministerio se deberá presentar lo siguiente:


Ø  Formulario de Registro de pago de utilidades que puede ser obtenido en el Ministerio de Relaciones Laborales
Ø  Formulario de Registro de pago de utilidades que debe ser impreso una vez ingresado los datos en  la página  www.mrl.gob.ec
Ø  Copia simple del nombramiento
Ø  Copia del Registro Único de Contribuyentes
Ø  Copia del documento de identificación de del Representante legal.  

Fuente: Ministerio de Relaciones Laborales. http://www.mrl.gob.ec/  

Para cualquier información adicional relacionada con el Ministerio de Relaciones Laborales, escríbanos a: miguelp@puenteasociados.com


El Estudio Jurídico PUENTE & ASOCIADOS, comprometido en mantenerle informado pone a sus disposición los servicios legales que pueda necesitar para atender sus dudas e inquietudes respecto a la información proporcionada.
Atentamente,

Dr. Miguel Ángel Puente                                                          Geovanna Puente
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