Quito, 21 de enero del 2011
Estimados Clientes y Amigos:
Por medio de la presente deseamos informarles que para el año 2011, el monto máximo de deducción para el impuesto a la renta de personas naturales que se declarará en el año 2012 es de USD $11.973.
El valor máximo de gastos deducibles por vivienda, educación, alimentación y vestuario no podrá exceder 0,325 veces de la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta, que en dólares nos da un techo de deducción en concepto de estos rubros de USD $2 993,25 máximo por cada uno; y para los gastos de salud se puede deducir hasta 1,3 veces de la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta, que en dólares corresponde a USD 11.973.
En consecuencia, del total de gastos personales deducibles permitidos, el 25% es el máximo valor que se podrá deducir por cada uno de los rubros correspondientes a vivienda, educación, alimentación y vestuario, con excepción del rubro de Salud en donde se puede deducir hasta el 100%.
Las personas naturales que tengan ingresos gravados superiores a 15.000 dólares, y que sus gastos personales deducibles superen los 7.500, deberán presentar el anexo de gastos personales en febrero próximo, según su noveno dígito del RUC.
En tal virtud ponemos a su disposición los servicios del ESTUDIO JURIDICO PUENTE & ASOCIADOS, para atender las consultas y/o trámites que se generen al respecto. Nos puede escribir a la siguiente dirección:
Atentamente,
Dr. Miguel Ángel Puente Verónica Meza Aguirre
PUENTE & ASOCIADOS
ASESORIA EMPRESARIAL
Av. Colón y Reina Victoria Esquina,
Edificio Banco de Guayaquil, piso 13, Oficina 1306.
Telf. (5932) 2 223616 / 2221734 Fax: Ext. 106
Cel. 099824362
miguelp@puenteasociados.com
Dr. Miguel Ángel Puente Verónica Meza Aguirre
PUENTE & ASOCIADOS
ASESORIA EMPRESARIAL
Av. Colón y Reina Victoria Esquina,
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Quito - Ecuador.
Oficinas Internacionales: Lima - Perú ; Bogotá - Colombia
Con la entrada en vigencia del Código de la Producción, el Impuesto a la Renta para Sociedades, con relación al año 2010 en donde era del 25%, bajó para este año 2011 al 24 % , en el 2012 se reducirá al 23% y para el 2013 será del 22%; es decir un punto porcentual de reducción a partir del 2011.



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